NIA 250: Consideración de leyes y reglamentos en una auditoría
La NIA 250 establece cómo debe actuar el auditor frente al cumplimiento de leyes y reglamentos que pueden afectar materialmente los estados financieros. En este artículo explicamos su alcance, responsabilidades, ejemplos prácticos en Perú y su relación con riesgos tributarios, laborales y societarios.

¿Qué es la NIA 250 y por qué es relevante en una auditoría?
La NIA 250: Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros regula la responsabilidad del auditor respecto del cumplimiento de leyes y reglamentos por parte de la entidad auditada. Su importancia radica en que determinadas infracciones legales pueden generar efectos materiales en los estados financieros, ya sea por multas, contingencias, sanciones, cierres temporales, demandas o incluso por afectar la continuidad del negocio.
En el contexto peruano, esta norma cobra especial relevancia porque las empresas, asociaciones, fundaciones y ONGs operan bajo un marco regulatorio amplio: normas tributarias administradas por SUNAT, obligaciones laborales y previsionales, reglas societarias de la Ley General de Sociedades - Ley N.° 26887, regulaciones sectoriales, normas de prevención de lavado de activos, entre otras.
Es importante precisar que la NIA 250 no convierte al auditor en un abogado ni en un fiscalizador del cumplimiento legal total de la entidad. Su enfoque está en identificar aquellos incumplimientos que puedan tener un efecto material en los estados financieros o que deban ser considerados en el informe de auditoría.
Objetivo de la NIA 250
El objetivo del auditor, según la NIA 250, es:
- Obtener evidencia de auditoría suficiente y adecuada sobre el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias que tienen un efecto directo en la determinación de importes e información a revelar en los estados financieros.
- Aplicar procedimientos de auditoría específicos para ayudar a identificar incumplimientos de otras leyes y reglamentos que puedan tener un efecto material sobre los estados financieros.
- Responder adecuadamente cuando identifique o sospeche la existencia de incumplimientos.
En términos prácticos, el auditor debe prestar especial atención a normas cuyo incumplimiento pueda traducirse en provisiones, contingencias, pasivos omitidos o revelaciones insuficientes.
Alcance de la NIA 250: dos tipos de leyes y reglamentos
La NIA 250 distingue entre dos grandes grupos de disposiciones legales y reglamentarias:
1. Leyes y reglamentos con efecto directo en los estados financieros
Son aquellas normas que inciden directamente en los saldos contables y revelaciones. Por ejemplo:
- Normas tributarias sobre Impuesto a la Renta e IGV.
- Normas laborales sobre beneficios sociales, vacaciones, CTS y gratificaciones.
- Reglas contables o regulatorias sectoriales que afectan medición y presentación.
En estos casos, el auditor debe obtener evidencia suficiente y adecuada sobre su cumplimiento.
2. Otras leyes y reglamentos cuyo incumplimiento puede generar efectos materiales
Aquí se incluyen normas que no determinan directamente cifras contables, pero cuyo incumplimiento puede originar contingencias o afectar significativamente a la entidad. Por ejemplo:
- Licencias municipales de funcionamiento.
- Permisos sanitarios o ambientales.
- Normativa de protección de datos personales.
- Reglas de contratación con el Estado.
- Normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
En este segundo grupo, la responsabilidad del auditor es más limitada: no se espera que detecte todos los incumplimientos, pero sí que aplique procedimientos que ayuden a identificar situaciones relevantes.
Responsabilidad de la gerencia y del auditor
Responsabilidad de la gerencia
La administración de la entidad es la principal responsable de asegurar el cumplimiento de las leyes y reglamentos aplicables. Esto incluye implementar políticas, controles internos, supervisión legal y mecanismos de prevención.
Por ejemplo, una ONG que recibe cooperación internacional debe verificar no solo sus obligaciones tributarias y laborales, sino también el correcto uso de fondos restringidos, la rendición ante donantes y el cumplimiento de sus fines estatutarios.
Responsabilidad del auditor
El auditor no garantiza que la entidad cumpla todas las normas. Su responsabilidad consiste en diseñar y ejecutar procedimientos para identificar incumplimientos que puedan generar incorrecciones materiales en los estados financieros.
Esta responsabilidad debe analizarse junto con la NIA 315: Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno y la NIA 330: Respuestas del auditor a los riesgos valorados, ya que el riesgo de incumplimiento legal puede ser una fuente importante de errores o fraudes contables.
Procedimientos que exige la NIA 250
La norma establece ciertos procedimientos mínimos que el auditor debe considerar durante la auditoría.
Obtención de conocimiento general del marco legal aplicable
El auditor debe entender qué leyes y reglamentos son aplicables a la entidad según su naturaleza, sector y operaciones. No es lo mismo auditar una comercializadora, una clínica, una constructora o una asociación sin fines de lucro.
En Perú, este entendimiento suele incluir:
- Obligaciones tributarias ante SUNAT.
- Obligaciones laborales bajo el régimen privado.
- Cumplimiento societario conforme a la Ley General de Sociedades - Ley N.° 26887.
- Regulación sectorial específica.
- Normas municipales y permisos operativos.
Indagaciones con la gerencia y, cuando corresponda, con los encargados del gobierno de la entidad
El auditor debe consultar si la entidad cumple las disposiciones legales y si existen investigaciones, litigios, sanciones o requerimientos de autoridades.
Estas indagaciones deben ser concretas. Por ejemplo:
- ¿La empresa ha recibido esquelas o resoluciones de SUNAT?
- ¿Existen fiscalizaciones laborales de SUNAFIL?
- ¿Hay procesos judiciales en curso?
- ¿Se han detectado incumplimientos ambientales o municipales?
Inspección de correspondencia con autoridades regulatorias
La revisión de cartas, resoluciones, requerimientos, actas de fiscalización y expedientes administrativos puede revelar riesgos materiales no registrados o insuficientemente revelados.
Obtención de manifestaciones escritas
El auditor suele solicitar a la gerencia manifestaciones escritas respecto de que se han revelado todos los incumplimientos conocidos o sospechados cuyas consecuencias deban considerarse en los estados financieros.
Este procedimiento se complementa con la NIA 580: Manifestaciones escritas.
Ejemplo práctico: fiscalización tributaria no provisionada
Una empresa comercial de Lima reporta ventas anuales por S/ 12,000,000. Durante la auditoría del ejercicio 2025, el auditor revisa correspondencia legal y encuentra una resolución de SUNAT vinculada a reparos por gasto no fehaciente e IGV de periodos anteriores. El monto observado asciende a S/ 480,000 entre tributo, intereses y posibles multas.
La gerencia sostiene que apelará y decide no registrar provisión ni revelar contingencia. Sin embargo, el asesor legal externo considera que la probabilidad de pérdida es alta.
En este escenario, la NIA 250 obliga al auditor a profundizar el análisis, evaluar el efecto en los estados financieros y contrastar la posición de la gerencia con evidencia objetiva. Si la omisión resulta material, podría derivar en una salvedad o incluso en una opinión adversa, dependiendo de la magnitud del efecto.
Normativa peruana frecuentemente relevante en la aplicación de la NIA 250
A continuación, se presenta una tabla con normas que suelen ser relevantes en auditorías en Perú:
| Norma | Aspecto relevante | Posible impacto contable |
|---|---|---|
| Ley del Impuesto a la Renta - TUO aprobado por D.S. N.° 179-2004-EF | Determinación del impuesto, reparos, deducciones | Impuesto corriente, contingencias, provisiones |
| TUO de la Ley del IGV e ISC - D.S. N.° 055-99-EF | Crédito fiscal, débito fiscal, operaciones gravadas | Tributos por pagar, multas, intereses |
| Ley General de Sociedades - Ley N.° 26887, art. 114 y art. 221 | Junta obligatoria anual y memoria/estados financieros | Riesgos de gobierno corporativo y cumplimiento societario |
| Decreto Legislativo N.° 728 y normas complementarias | Beneficios laborales y obligaciones del empleador | Pasivos laborales, provisiones, contingencias |
| Texto Único Ordenado de la Ley de Compensación por Tiempo de Servicios - D.S. N.° 001-97-TR | Depósitos CTS y cálculo | Pasivos laborales omitidos |
| Ley N.° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, art. 49 y art. 53 | Obligaciones de prevención y registros | Multas, contingencias, provisiones |
| Ley N.° 27693, Ley que crea la UIF-Perú, y normas complementarias | Prevención de lavado de activos en sujetos obligados | Sanciones, riesgo reputacional y de continuidad |
Relación de la NIA 250 con provisiones y contingencias
Cuando el incumplimiento de una ley o reglamento genera una obligación probable, la entidad debe evaluar el reconocimiento contable bajo la NIC 37: Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes. Aquí la labor del auditor es clave, porque muchas gerencias tienden a subestimar contingencias tributarias, laborales o regulatorias.
Por ejemplo, una empresa puede tener una demanda laboral por reposición, beneficios sociales y daños. Si los asesores legales estiman una probabilidad alta de pérdida por S/ 250,000, la entidad debería reconocer una provisión, no solo una nota. Si no lo hace, el auditor debe evaluar el efecto de esa omisión.
Señales de alerta que el auditor no debe ignorar
En la práctica, ciertos indicios pueden alertar sobre posibles incumplimientos legales:
- Pagos frecuentes de multas e intereses a SUNAT o municipalidades.
- Rotación inusual del personal contable o legal.
- Falta de conciliación entre declaraciones tributarias y contabilidad.
- Operaciones en efectivo sin suficiente sustento.
- Ausencia de contratos laborales o locaciones mal estructuradas.
- Procesos judiciales no informados inicialmente.
- Observaciones recurrentes de auditores internos o donantes, en el caso de ONGs.
Estas señales no prueban por sí mismas un incumplimiento material, pero sí justifican ampliar procedimientos.
Ejemplo práctico: ONG con incumplimientos laborales
Una asociación civil sin fines de lucro en Arequipa ejecuta proyectos financiados por cooperación internacional. Durante la auditoría se detecta que parte del personal permanente ha sido contratado durante tres años mediante recibos por honorarios, pese a cumplir horario, subordinación y funciones continuas.
El riesgo legal es que, ante una fiscalización de SUNAFIL o una demanda judicial, esos servicios sean recalificados como relación laboral, generando obligaciones por CTS, gratificaciones, vacaciones, Essalud y posibles multas. Si el monto estimado asciende a S/ 320,000 y la probabilidad de salida de recursos es alta, la entidad debe reconocer una provisión o, al menos, revelar adecuadamente la contingencia según la NIC 37.
La NIA 250 exige al auditor no quedarse en la revisión formal de recibos por honorarios, sino evaluar el trasfondo legal cuando este pueda afectar materialmente los estados financieros.
¿Qué debe hacer el auditor si identifica incumplimiento?
Cuando el auditor detecta o sospecha un incumplimiento, debe:
- Obtener entendimiento de la naturaleza del hecho y sus circunstancias.
- Evaluar su posible efecto en los estados financieros.
- Discutirlo con la gerencia y, cuando corresponda, con los encargados del gobierno de la entidad.
- Solicitar asesoría legal si el asunto es complejo.
- Determinar el impacto en la opinión de auditoría.
Si la gerencia no proporciona información suficiente o no adopta acciones adecuadas, el auditor debe considerar las implicancias para la auditoría, incluida la posibilidad de modificar su opinión.
Impacto en el informe de auditoría
La identificación de incumplimientos legales puede afectar el informe en distintos niveles:
| Situación | Tratamiento posible | Efecto en la opinión |
|---|---|---|
| Incumplimiento correctamente registrado y revelado | Se obtiene evidencia suficiente | Opinión no modificada |
| Contingencia material no revelada | Incorrección material | Opinión con salvedades o adversa |
| Limitación para obtener evidencia sobre un incumplimiento relevante | Restricción al alcance | Salvedad o abstención |
| Incumplimiento que genera duda sobre continuidad | Evaluación adicional y revelación | Párrafo de empresa en marcha o modificación |
En algunos casos, el auditor también deberá considerar su deber de confidencialidad y las obligaciones legales de comunicación a terceros, según el marco normativo aplicable.
Relación con otras NIAs
La NIA 250 no opera de forma aislada. Se relaciona especialmente con las siguientes normas:
- NIA 200: Objetivos globales del auditor independiente y realización de la auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría.
- NIA 240: Responsabilidades del auditor en la auditoría de estados financieros con respecto al fraude.
- NIA 315: Identificación y valoración de los riesgos de incorrección material mediante el conocimiento de la entidad y de su entorno.
- NIA 330: Respuestas del auditor a los riesgos valorados.
- NIA 450: Evaluación de las incorrecciones identificadas durante la realización de la auditoría.
- NIA 570: Empresa en funcionamiento.
- NIA 580: Manifestaciones escritas.
Por ejemplo, si un incumplimiento legal está vinculado a actos intencionales para ocultar operaciones, el análisis puede involucrar también fraude bajo la NIA 240.
Buenas prácticas para las empresas y ONGs en Perú
Desde una perspectiva preventiva, las entidades pueden reducir riesgos asociados a la NIA 250 si implementan las siguientes medidas:
- Matriz de cumplimiento legal actualizada por área.
- Revisión periódica de contingencias con asesores legales y tributarios.
- Conciliación mensual entre contabilidad y declaraciones tributarias.
- Archivo ordenado de resoluciones, requerimientos y expedientes.
- Políticas de contratación laboral y de servicios bien documentadas.
- Actas societarias al día, conforme a la Ley General de Sociedades - Ley N.° 26887, art. 114, respecto de la junta obligatoria anual.
- Revisión de estatutos y restricciones de fondos en asociaciones y fundaciones.
Ejemplo práctico: incumplimiento societario con efecto indirecto
Una mediana empresa familiar no celebra junta obligatoria anual desde hace dos años y no aprueba formalmente sus estados financieros. Si bien este incumplimiento societario no siempre genera de inmediato un pasivo cuantificable, puede reflejar debilidades de gobierno corporativo, afectar la validez de ciertas decisiones y aumentar el riesgo de errores materiales en la información financiera.
La Ley General de Sociedades - Ley N.° 26887, art. 114 regula la junta obligatoria anual, y el art. 221 establece aspectos vinculados a la memoria e información financiera. En auditoría, este tipo de incumplimiento puede motivar una evaluación más profunda del ambiente de control y del riesgo de incorrección material.
Conclusión
La NIA 250: Consideración de las disposiciones legales y reglamentarias en la auditoría de estados financieros recuerda que una auditoría no puede limitarse a revisar números. Detrás de muchas incorrecciones materiales existen incumplimientos tributarios, laborales, societarios o regulatorios que impactan directamente en provisiones, contingencias, revelaciones y, en casos extremos, en la continuidad del negocio.
En el entorno peruano, donde las fiscalizaciones de SUNAT, SUNAFIL, municipalidades y otras entidades pueden tener efectos económicos significativos, aplicar correctamente la NIA 250 es esencial para emitir una opinión de auditoría sólida y útil para la toma de decisiones.
Si su empresa, asociación u ONG necesita evaluar contingencias legales, fortalecer su cumplimiento o recibir apoyo en una auditoría financiera, en Carlos Lingan & Asociados S.C. podemos ayudarle. Para consultas, escríbanos a auditor@carloslingan.pe.


